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MOVILIDAD

02/12/2020

Por dónde deben circular los patinetes eléctricos

Los patinetes eléctricos han llegado para quedarse. Cada vez son más los usuarios de este tipo de Vehículo de Movilidad Personal (VMP) que lo usan para desplazarse por la ciudad. Ya no se trata de un juguete que usan exclusivamente los niñxs, sino que se está imponiendo entre los adultos como el VMP más usado. Aunque esto supone un gran avance para lograr una movilidad más sostenible, también supone nuevos retos para regular la seguridad y convivencia. Por eso, vamos a explicarte cuál es la nueva regulación de circulación que define qué es un VMP, y por dónde deben circular los patinetes eléctricos.

¿Qué es un Vehículo de Movilidad Personal?

El pasado 11 de noviembre de 2020 se publicó el Real Decreto en el BOE que modifica tanto el Reglamento General de Circulación, como el Reglamento General de Vehículos. Esta nueva normativa, que está aprobada a nivel nacional, entrará en vigor a partir del 2 de enero de 2021.

La mayor novedad es que en el decreto se define qué es un VMP y los tipifica como vehículos de manera oficial. Según el Real Decreto, los VMP son vehículos propulsados, exclusivamente, por motores eléctricos. Además, se limita su velocidad máxima entre los 6 y los 25 km/h. Para considerarse vehículos de movilidad personal tampoco pueden tener sillín. Solo podrían hacerlo los VMP con sistema de autoequilibrado o los destinados a personas con movilidad reducida. Así que, a partir de ahora, los patinetes eléctricos son, oficialmente, vehículos de movilidad personal.

¿Por dónde deben circular los patinetes eléctricos? Patinete Youin XL y patinete S

¿Por dónde pueden circular los patinetes eléctricos?

El nuevo decreto no especifica por dónde se puede circular con el patinete eléctrico. Lo que sí que deja claras son las prohibiciones. Un patín eléctrico tiene prohibido circular por vías interurbanas, autopistas, travesías y túneles urbanos. Además, al ser oficialmente un vehículo, tampoco puede circular por aceras o zonas peatonales.

Otra de las novedades del decreto es la obligatoriedad de un nuevo Certificado de Circulación. Por ahora no te tienes que preocupar de esto. Este certificado lo emitirá la DGT y lo tendrá que gestionar el fabricante o el importador del VMP. En cualquier caso, esta medida se aplicará 2 años después de ser publicada y regulada oficialmente en el BOE.

El Real Decreto no regula por dónde se puede circular con el patinete eléctrico por vías urbanas. Por lo tanto, las normativas existentes de cada municipio sobre los VMP siguen siendo válidas. Al final, lo que hace el Real Decreto es definir qué es un vehículo de movilidad personal y establecer un marco legal.

¿Cuál es la normativa de cada ciudad?

Como ya te hemos contado, la regulación del uso de patinetes y otros VMP por vías urbanas la hace cada municipio. Aunque las medidas que se han ido tomando en cada ciudad son bastante similares, repasemos cuáles se han tomado en las tres principales ciudades españolas.

Normativa para patinetes eléctricos en Madrid

En Madrid, los patinetes eléctricos pueden circular por las vías que ya usan ciclistas. Es decir, puedes ir por carriles bici, pistas bici, calzadas zona 30 y por parques siempre que se pueda ir en bici también. Pero recuerda que siempre la prioridad la tiene el peatón.

La edad mínima para circular son 15 años. Los menores de 15 años deben ir acompañados de un adulto y tienen que llevar casco de manera obligatoria. Para los mayores de 15 años, el casco no es obligatorio, pero el timbre, la luz y los elementos reflectantes sí. Además, el uso de auriculares está prohibido.

Para aparcar el scooter eléctrico, deberás utilizar espacios destinados a ello. También puedes aparcar en aceras junto al bordillo, dejando más de 3 metros libres para el paso de peatones. Pero ten en cuenta que está prohibido aparcar en la Gran Vía, en las paradas de EMT y en las plazas reservadas para personas con movilidad reducida.

Por tu propia seguridad, siempre circula con un casco cuando vayas con patinete eléctrico.

Normativa para patinetes eléctricos en Barcelona

En Barcelona, los patinetes eléctricos pueden circular por calles con plataforma única, carril bici, carril bici en calzada o en calzadas zona 30 siempre que la velocidad máxima no supere los 20 km/h. También pueden ir por parques a una velocidad máxima de 10 km/h. La prioridad siempre la tiene el peatón.

No es obligatorio llevar casco, elementos reflectantes, timbres o luces. Sin embargo, su uso siempre es recomendable para aumentar la seguridad y la visibilidad.

Para aparcar un scooter eléctrico en Barcelona, solo podrás hacerlo en espacios destinados a ello. En la acera, sólo podrás aparcar el patinete siempre que no impida el paso de los peatones.

Normativa para patines eléctricos en Valencia

En Valencia, puedes circular con tu patinete eléctrico siempre que seas mayor de 14 años. Podrás ir por carril bici y carril bici en acera, pista bici, calles residenciales con S-28 y parques y paseos fluviales. Siempre respetando la prioridad del peatón.

Además, tienes que mantener una distancia de 1.5 metros con las fachadas y los peatones. Y, para aparcar el patín, deberás hacerlo en espacios destinados a ello.

No hay ningún tipo de obligación de llevar casco, elementos reflectantes, timbres o luces. Sin embargo, se recomienda su uso para aumentar la seguridad y la visibilidad.

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